Tutela por medicamentos: lo que debes saber
28 de octubre de 2026
La salud es un derecho fundamental en Colombia (Ley Estatutaria 1751 de 2015). Si tu EPS no te entrega un medicamento, no autoriza un procedimiento o te pone trabas que ponen en riesgo tu salud, puedes defenderte.
Primero: reclama a la EPS
- Pide por escrito que te expliquen por qué no te entregan el medicamento y guarda la respuesta o la constancia.
- Presenta tu queja (PQRD) en los canales de la EPS y guarda el número de radicado.
- También puedes quejarte ante la Superintendencia Nacional de Salud.
¿Qué es la tutela?
Es una acción ante un juez para proteger un derecho fundamental cuando está siendo vulnerado o en riesgo. Está en el artículo 86 de la Constitución y se regula en el Decreto 2591 de 1991.
- La puede presentar cualquier persona, sin abogado y sin costo.
- Si la persona afectada no puede hacerlo por sí misma (por ejemplo, por su estado de salud), otra persona puede presentarla a su nombre como agente oficioso, explicando por qué.
- El juez debe decidir en un plazo máximo de 10 días.
- Si hay urgencia, se le puede pedir al juez una medida provisional para que ordene la entrega mientras decide.
¿Qué necesitas?
- Copia de tu cédula.
- La fórmula u orden médica.
- Tu historia clínica o el diagnóstico, si lo tienes.
- La negación de la EPS o la constancia de tus reclamos (radicados, fechas, nombres de quien te atendió).
- Un relato corto y en orden de lo que ha pasado.
¿Te ayudamos?
Radica tu solicitud en Ayuda personal → Tutela o en Salud → Medicamento no entregado y adjunta tus documentos. Te ayudamos a preparar el escrito; tú lo firmas y lo presentas.
Esta guía es información general y gratuita. Si tu caso es complejo, te ayudamos a revisarlo: radica tu solicitud en la categoría «Ayuda personal».